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S醔ado, 18 de mayo del 2013
 
 
   
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DECLARACION DE CAPITAL PROPIO 2012
 

 

Se informa a los contribuyentes de patentes comerciales, industriales, alcoholes, microempresas, y  provisorias (que hayan sido otorgadas durante el año 2011 o  anterior)  que se encuentren obligados a tributar en 1º categoría,  que al igual que los años anteriores, NO deben realizar el trámite de declaración de capital propio en la Municipalidad.

Debido al cambio en la Ley de Rentas Municipales, será el SII quien informará este dato a la Municipalidad, el cual lo obtendrá de la Declaración de Impuesto a la Renta.

Para efectos de extender los certificados de distribución de capital y rebaja de inversiones, se informa lo siguiente:

-Certificado de distribución de capital, los contribuyentes que cuenten con sucursales cuya casa matriz se encuentra en Puente Alto, deben informar dentro del mes de Mayo  el número de trabajadores que labora en cada una de ellas,  Conjuntamente con dicha declaración, deberá adjuntar copia de patentes del 1º 2012 de las sucursales declaradas y copia del formulario compacto de renta 2012 (F22). Es importante señalar que de no cumplir con  esta declaración el contribuyente será sancionado de conformidad a lo establecido en la Ley de Rentas Municipales (multa Art. 52 Ley 3063/79). 

-Solicitud REBAJA de inversiones, de acuerdo al inciso final del articulo 24, los contribuyentes que pueden deducir del capital propio aquella parte hubieren invertido en otras sociedades o negocios afectos al pago de patente, pueden acreditar dicha situación, mediante certificado emitido por la o las municipalidades donde se ubiquen dichos negocios, adjuntado además, copia del Balance tributario 2011 de la empresa inversora, determinación del Capital Propio al 01/01/2012 y formulario compacto de declaración renta 2012 (F22). 

-Solicitud CERTIFICADO rebaja de inversiones, Al igual que la disposición legal del punto anterior, esto es, inciso final del artículo 24, para la entrega del certificado, se debe adjuntar la siguiente documentación: Copia del balance tributario, determinación del capital propio, certificado de inversión de la empresa receptora al 31/12/2011 y fotocopia de la patente al día.
 

Las personas que sean arrendatarios de negocios con patentes o que por cualquier razón trabajan un negocio cuya patente no está a su nombre,  deberán informar esta situación en el Depto. de Rentas Municipales personalmente, proporcionando copia del respectivo contrato de arriendo o del documento que corresponda, además de  fotocopia de la patente y de la Declaración de Impuesto a la Renta (formulario 22).  Esto permitirá contar con la información necesaria y se evitará las molestias de no contar con su patente para el pago oportuno de ella.

Los contribuyentes acogidos  a contabilidad simplificada, Art. 14 Bis, 14 Ter,  y Talleres   deben declarar su capital propio al reverso del formulario, en recuadro Nº 3, códigos 645 ó 646, según corresponda (Capital propio positivo o negativo)  en su Declaración de Impuesto a la Renta.

Los contribuyentes deben tener en consideración que    los plazos señalados por el SII para la  declaración de impuesto a la renta,  tendrán efectos en las posibles sanciones municipales, de conformidad a lo dispuesto en el  Art. 52 Ley 3063/79, Ley de Rentas Municipales.

Las personas que posean una patente comercial, provisoria, de taller, de industria o microempresa familiar y tributen ante el SII en 2º categoría o renta presunta, deben informar esto a la Municipalidad dentro del mes de Mayo,  adjuntando copia de la Declaración de Impuesto a la Renta (formulario 22).  

Para efectos de plazos y sólo por la documentación que deba ser presentada a la Municipalidad, estos vencen el 31/05/2012.

Dudas   o consultas: Concurra al Depto. de Rentas Municipales ubicado en Concha y Toro 1820 o llame a los teléfonos 8101716 ó 8101921.

 

Formularios

- Formulario Rebaja de Inversiones 2012 - Aqui
- Formulario Sucursales y Trabajadores 2012 - Aqui

 
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