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Con la ley Nº 20.251 se agiliza el proceso de regularización de construcciones.
Esta ley tendrá una duración de 3 años y se divide en 2 partes:
1. Regularización de la Ampliación de su vivienda (hasta 25 m2), la que deberá cumplir con los requisitos del artículo segundo. Este trámite está exento del pago de derechos municipales y podrá realizarlo usted mismo, es decir sin un arquitecto.
2. Regularización de la vivienda construida (autoconstrucción hasta 140 m2), la que deberá cumplir con los requisitos del artículo primero. Este trámite, sí necesita de un arquitecto, pero contempla una rebaja importante de los derechos municipales.
A continuación se entregan en detalle los requisitos para poder regularizar su construcción según sea su caso.
- Adjuntar texto que indica los requisitos del artículo primero y segundo.
- Posteriormente adjuntar las solicitudes, incluir el de estadísticas de edificación (archivo adjunto) y plano de ley mono.
Informaciones generales al Fono: 810.19.02
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